El experto en protección de datos personales, Félix Chang, destaca que el Ecuador cuenta con una Ley de Protección de Datos Personales, la que permite que las instituciones públicas y las empresas privadas, cuyo giro de negocios son los datos (bases de datos), tengan los criterios necesarios para saber qué medidas tecnológicas y organizativas deben implementar, con la finalidad de que esa información esté adecuadamente resguardada y usada.
Esto facilita conocer cuál es el uso y manejo que dan “a nuestros datos personales, porque estos son lo que nos identifican y nos hacen identificables. Esta Ley es garantista de derechos”, indica.
El experto comentó que es necesario conocer cuáles son los aspectos que contiene la normativa, pero también es importante que todas las personas, incluidos niños y adolescentes, “tengamos una cultura de protección de datos personales, eso ayudaría para resguardar éstos”.
“Todos los ecuatorianos debemos conocer lo que dice la Ley Orgánica de Protección de Datos. Allí podemos encontrar el ámbito de aplicación, principios, derechos, las categorías especiales de datos, seguridad de datos personales, entre otros”.
Comentó que, en el ámbito de aplicación de la Ley, que consta en el Capítulo 1, está el objeto y la finalidad que garantiza el derecho a la protección de datos personales.
El derecho de consentimiento para el tratamiento de los datos personales por parte del titular se caracteriza por ser libre, específico, informado e inequívoco. En este punto indicó Félix Chang es importante destacar que la Ley específica que “se podrán tratar y comunicar datos personales cuando se cuente con la manifestación del titular para hacerlo o cuando se autoriza al responsable del tratamiento de los datos personales a tratar los mismos, como dice la norma”.
La Ley Orgánica de Protección de Datos, que se publicó en el Registro Oficial, el 26 de mayo de 2021, consta de 12 capítulos, 83 artículos, nueve disposiciones generales, cuatro disposiciones transitorias, cuatro disposiciones reformatorias, cuatro disposiciones derogatorias y una disposición final que indica que la normativa está vigente porque fue publicada en el Registro Oficial.
Al tratarse de una Ley técnica, esta prevé la constitución de una Superintendencia de Protección de Datos, que será la encargada de verificar que las empresas privadas y entidades públicas cumplan con las obligaciones que establece la norma sobre el buen uso de los datos. (I)
Fuente: Crónica y Noticias