La Superintendencia de Control del Poder de Mercado (SCPM) consideró que la adquisición del 80% del capital social de INPROPET S.A. por parte de ZAIMELLA DEL ECUADOR S.A. no genera riesgos para el esquema competitivo de los mercados relevantes en los que participan.
En cumplimiento con lo establecido en los artículos 15 y 16 de la Ley Orgánica de Regulación y Control del Poder de Mercado, el 14 de mayo de 2021, ZAIMELLA DEL ECUADOR S.A. notificó a la SCPM la intención de adquirir el 80% del capital social de INPROPET S.A.
ZAIMELLA DEL ECUADOR S.A. es una compañía ecuatoriana constituida en 1995, cuya actividad económica es la fabricación, comercialización y distribución de: pañales desechables para bebés y adultos; toallas sanitarias femeninas; protectores diarios; tampones sanitarios, paños y toallas húmedas y secas para uso de bebés y adultos; papel higiénico; productos de aseo e higiene para bebés (shampoo, acondicionador, colonia); entre otros.
INPROPET S.A. es una empresa constituida en 2014, cuya actividad económica es la fabricación y distribución de productos plásticos, específicamente botellas de tereftalato de polietileno (PET) y tapas plásticas destinadas a varios sectores industriales.
La operación de concentración tendrá incidencia en el mercado de fabricación y comercialización de botellas PET, dado que ZAIMELLA DEL ECUADOR S.A. utiliza las mismas para envasar sus productos, constituyendo una transacción de índole vertical.
El 3 de septiembre de 2021, la Comisión de Resolución de Primera Instancia de la Superintendencia de Control del Poder de Mercado resolvió autorizar la operación de concentración económica notificada por ZAIMELLA DEL ECUADOR S.A., al considerar que la operación de concentración económica no genera preocupaciones de competencia, debido a la presión competitiva que otros operadores económicos pueden ejercer en los siguientes mercados relevantes:
- Producción y venta de botellas de plástico PET a nivel nacional;
- Producción y distribución de productos para el cuidado de bebés a nivel nacional; y
- Producción y distribución de gel y alcohol antibacterial a nivel nacional.
En conclusión, la SCPM determinó que a través de la operación de concentración económica entre ZAIMELLA DEL ECUADOR S.A e INPROPET S.A no se creará, reforzará, ni modificará el poder de mercado, ni tampoco se obstaculizará o impedirá sustancialmente la competencia en los mercados relevantes analizados. (I)
Fuente: SCPM