La Superintendencia de Control del Poder del Mercado (SCPM), considerando que está próxima la temporada con mayor demanda de consumo en el año, exhorta a los operadores económicos en general a que observen en todo momento las disposiciones establecidas en la Ley Orgánica de Regulación y Control del Poder del Mercado (LORCPM) con la finalidad de evitar el cometimiento de conductas desleales, con especial énfasis en la práctica de actos de engaño al publicitar y ofertar descuentos y promociones dentro de sus actividades comerciales.

En particular, el artículo 27, numeral 2, de la LORCPM establece como práctica desleal, entre otras, el inducir a error al público sobre el precio, calidad, cantidad, condiciones de venta de los productos y en general, las ventajas, los atributos, beneficios o condiciones que corresponden a los productos, servicios, establecimientos o transacciones de los operadores económicos, pues aquello podría ocasionar afectación al interés general o al bienestar de los consumidores.

La SCPM, en la medida en la que identifique indicios de que los operadores económicos incurran en conductas desleales, iniciará investigaciones de oficio para analizar los elementos que configuren o descarten el posible cometimiento de las conductas descritas en los artículos 25, 26 y 27 de la LORCPM y, de ser el caso, sancionar eventuales conductas desleales que afecten el orden público económico y/o a la generalidad de los consumidores. (I)

Fuente: SCPM

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