La Superintendencia de Control del Poder de Mercado (SCPM) consideró que el arrendamiento y compra por parte de PRONACA de los activos productivos de AVESCA, con la opción de compra del 100% del paquete accionario de este último operador económico, no genera riesgos para el esquema competitivo de los mercados relevantes en los que participan.
En cumplimiento con lo establecido en los artículos 15 y 16 de la Ley Orgánica de Regulación y Control del Poder de Mercado, el 22 de enero de 2021, PROCESADORA NACIONAL DE ALIMENTOS C.A. PRONACA notificó a la SCPM, la intención de realizar una serie de transacciones consistentes en el arrendamiento y compra de los activos productivos de AVESCA AVÍCOLA ECUATORIANA C.A., con la opción de compra del 100% del paquete accionario de este último operador económico.
Estas transacciones implican un cambio o toma de control que otorgará a PROCESADORA NACIONAL DE ALIMENTOS C.A. PRONACA el derecho y la capacidad de intervenir en la toma de decisiones de AVESCA AVÍCOLA ECUATORIANA C.A., por lo que se configura una operación de concentración económica, al verificarse lo dispuesto en el artículo 14 de la Ley Orgánica de Regulación y Control del Poder de Mercado.
PROCESADORA NACIONAL DE ALIMENTOS C.A. PRONACA es la cabeza del GRUPO PRONACA, mismo que actúa en distintas actividades de la industria alimenticia y agropecuaria. En lo que respecta a la operación de concentración económica, analizada por la SCPM, el giro de negocio de dicho grupo económico comprende la producción de alimentos balanceados para animales, la reproducción, incubación, engorde, faenado y la distribución de pollo, la producción de huevo comercial o de mesa y la producción de abono orgánico.
Por su parte, AVESCA AVÍCOLA ECUATORIANA C.A. es una compañía cuya actividad económica principal es la avicultura, abarca los mercados de la producción de alimentos balanceado para animales y huevo comercial, así como la reproducción e incubación de aves.
El 13 de agosto de 2021, la Comisión de Resolución de Primera Instancia de la SCPM resolvió autorizar la operación de concentración económica notificada por PROCESADORA NACIONAL DE ALIMENTOS C.A. PRONACA, al considerar que la misma no genera riesgos competitivos para los siguientes mercados relevantes:
a. Alimento balanceado para aves de corral, ganado porcino, ganado vacuno, peces y camarones a nivel nacional.
b. Huevo fértil a nivel nacional.
c. Pollitos bebé, destinados para la producción de carne de pollo, a nivel nacional.
d. Huevos comerciales de gallinas a nivel nacional.
e. Pollo en pie y faenado a nivel nacional.
f. Abono orgánico avícola a nivel nacional. (I)
Fuente: SCPM